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A quienes trabajen el 25 de diciembre y 1 de enero se les debe pagar triple: PRODET BCS

La Procuraduría de la Defensa del Trabajo dice en qué parte de la Ley se establece. y pone su teléfono a disposición por denuncias en caso de no cumplirse.

Por: POSTA Redacción

LA PAZ, Baja California Sur.- Empleados y empleadas que trabajen el 25 de diciembre y 1 de enero se les debe pagar triple. Así lo enfatiza la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en Baja California Sur (PRODET BCS) a través de un comunicado oficial. Hay que recordar que han habido protestas por impago de prestaciones, como recientemente, en el Sector Salud en La Paz.

Si bien, en estas fiestas decembrinas la gran parte de la población goza de vacaciones, hay personas que laboran esos días que, por ley, son días de descanso obligatorio. Sin embargo, si están de acuerdo empleado y empleador, el primero puede trabajar siempre y cuando se le pague el triple.

¿En donde dice que quienes trabajen 25 de diciembre y 1 de enero se les debe pagar triple?

Claudia Hirales Meza, titular de la PRODET BCS, informa que en el Artículo 73 de la Ley Federal del Trabajo se establece que 'las personas no están obligadas a laborar en días de descanso obligatorio, sin embargo, si realizan la jornada laboral, deberán recibir una compensación especial”. En temas laborales, hay que recordar que se acaba de subir 12% al salario mínimo en BCS, lo que también debe verse reflejado en tu primer quincena de enero, si fuera el caso.

Foto: Prodet BCS.

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Así, el próximo 25 de diciembre de 2024, que es Navidad y es descanso obligatorio, y el 1 de enero de 2025, que es Año Nuevo, son el mismo caso. Si alguien desea laborar esos días y por cada turno le pagan 500 pesos, por ejemplo, ese día se le debe ver reflejado en su quincena por un monto de mil 500 pesos.

¿Qué hacer quienes trabajen el 25 de diciembre y 1 de enero y no se les pague conforme a la Ley?

Hirales Meza reiteró que la clase trabajadora debe conocer sus derechos y estar informados de los beneficios que por ley les corresponden. 'Desde la Procuraduría atenderemos cualquier incoveniente relacionado con ésta y otras prerrogativas“, dijo.


Foto: Chilango.

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Estos son los teléfonos de PRODET BCS para denunciar si hay incumplimiento de este derecho laboral: La Paz, (612) 1242965; Los Cabos, (624) 1423523 y 1200118; Comondú, (613) 1323020; Loreto, (613) 1350879; y Mulegé, (615) 1520067.

En BCS, usualmente, ¿quienes trabajan el 25 de diciembre y 1 de enero?

Sí, son fechas de Navidad y Año Nuevo, pero hay muchos casos donde mujeres y hombres tienen que cubrir turnos de guardia. Los hay desde médicos y enfermeras, hasta reporteros, policías, despachadores de gasolineras, empleados de farmacias, de restaurantes o de tiendas de 24 horas.


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Así que si fuera el caso tuyo o de un conocido, en tu próxima quincena tus números deben cuadrar y pagarte el triple si trabajaste el 25 de diciembre o el 1 de enero; además, en la segunda quincena de diciembre, debe venir el monto de tu quincena más un día más, es decir: 16 días pagados, ya que el calendario cierra con el 31 de diciembre.